Información nutricional (parte posterior del envase): Etiqueta nutricional del Reino Unido
Información nutricional (en la parte posterior del envase), etiqueta nutricional del Reino Unido según el Reglamento de Información Alimentaria de 2014 (que mantiene el Reglamento UE 1169/2011), 7 nutrientes obligatorios, por 100 g o 100 ml, en inglés en el envase. Genere una etiqueta que cumpla con la normativa de forma gratuita.
Revisado contra Reglamento sobre información alimentaria de 2014 (que mantiene el Reglamento UE 1169/2011) Página actualizada el 16 de agosto de 2026.
Requisitos de etiquetado nutricional en el Reino Unido
Los alimentos envasados que se venden en el Reino Unido deben llevar una declaración nutricional según el Reglamento de Información Alimentaria de 2014 (que mantiene el Reglamento UE 1169/2011). Esta página cubre el formato de información nutricional del Reino Unido (parte posterior del envase): por 100 g + tabla por ración con %IR, sal en lugar de sodio. Una etiqueta nutricional del Reino Unido que cumpla con la normativa declara 7 nutrientes obligatorios: energía, grasas (de las cuales saturadas), hidratos de carbono (de los cuales azúcares), proteínas y sal. Los valores se declaran por 100 g o 100 ml, con la energía en kJ y kcal, y la sal en lugar de sodio. El panel está encabezado "Información nutricional"El texto en inglés es obligatorio en el envase. No existe un sistema de advertencia frontal obligatorio. NFL genera una etiqueta nutricional para imprimir en el Reino Unido a partir de tu receta, aplicando automáticamente las reglas de redondeo y las ingestas de referencia para el Reino Unido, y la exporta como PDF, PNG, SVG, JPG o EPS.
Reglamento oficial
Datos clave
Lo que el Reglamento (UE) 1169/2011 mantiene vigente pone en la parte posterior del paquete.
La declaración en la parte posterior del envase se rige por los artículos 30 a 34 del Reglamento (UE) n.º 1169/2011, tal como figura actualmente en legislation.gov.uk. El artículo 30(1) fija el contenido obligatorio como energía más grasas, saturadas, hidratos de carbono, azúcares, proteínas y sal; el Anexo XV fija ese orden, energía primero y sal al final, con la energía en kJ y kcal. El artículo 32(2) exige que cada valor se exprese por 100 g o por 100 ml. El artículo 34 exige una tabla con los números alineados cuando el espacio lo permita, o en su defecto en formato lineal, todo en el mismo campo de visión.
La sal, no el sodio, es la línea obligatoria. El Anexo I define la sal como sodio multiplicado por 2,5 (400 mg de sodio por cada 100 g se declaran como 1,0 g de sal). Cuando todo proviene de sodio de origen natural, el Artículo 30(1) permite incluir una declaración que lo indique cerca de la declaración.
El artículo 30(2) permite los suplementos, y solo los siguientes: monoinsaturados, poliinsaturados, polioles, almidón, fibra y vitaminas o minerales presentes en cantidades significativas. Según el artículo 31, las cifras son valores promedio del alimento tal como se vende, obtenidos a partir de análisis, cálculo de ingredientes o datos establecidos. El artículo 13(2) establece la altura mínima de la letra x para los datos obligatorios en 1,2 mm, o 0,9 mm cuando la superficie mayor del envase sea inferior a 80 cm².
Por porción, ingestas de referencia y la repetición del artículo 30(3) en la parte frontal del envase
La indicación "por 100 g" o "por 100 ml" es obligatoria; "por porción" es un añadido, no un sustituto. El artículo 33(1) permite que la energía y los nutrientes se expresen también por porción o por unidad de consumo, siempre que la porción se cuantifique en la etiqueta y se indique el número de porciones del envase, y el artículo 33(4) exige que la porción utilizada aparezca muy cerca de la declaración.
Los porcentajes de ingesta de referencia son opcionales. El artículo 32(4) permite que la energía y los nutrientes obligatorios se expresen adicionalmente como un porcentaje de las ingestas de referencia del Anexo XIII, Parte B; cuando esto se haga por 100 g o 100 ml, la indicación «Ingesta de referencia de un adulto medio (8400 kJ/2000 kcal)» debe aparecer cerca. Las vitaminas y los minerales declarados siempre deben indicar tanto las cantidades por 100 g/ml como el porcentaje de la ingesta de referencia.
La repetición en la parte frontal del envase se rige por el artículo 30(3): energía sola o energía con grasas, saturadas, azúcares y sal ("energía + 4"). El artículo 33(2) permite esa repetición por porción sola, pero la energía también debe indicarse por 100 g o 100 ml. El artículo 34(5) permite "Contiene cantidades insignificantes de..." en lugar de una cifra.
El sistema voluntario de semáforos del Reino Unido (Guía DH/FSA 2016, página frontal del envase)
El etiquetado frontal con código de colores sigue siendo voluntario. El documento rector es la guía para el etiquetado frontal, actualizada en noviembre de 2016 por el Departamento de Salud, la Agencia de Normas Alimentarias y las administraciones autónomas de Escocia, Gales e Irlanda del Norte. En ella se indica que la información del etiquetado frontal no puede presentarse de forma aislada: debe ir acompañada de la declaración completa del reverso del envase, en el campo de visión principal, utilizando el conjunto de energía + 4, e indicar el tamaño de la porción, cada nutriente por porción, el porcentaje de ingesta de referencia por porción redondeado al número entero más cercano y la energía por 100 g/ml.
El color se aplica a las grasas, las saturadas, los azúcares y la sal, pero nunca a la energía, que se muestra sobre un fondo neutro. A modo de ejemplo, en los alimentos, la grasa se representa en verde con 3,0 g o menos por cada 100 g y en rojo con más de 17,5 g; la sal se representa en verde con 0,3 g o menos y en rojo con más de 1,5 g. Las bebidas utilizan rangos más estrictos por cada 100 ml; por ejemplo, los azúcares se representan en rojo con más de 11,25 g por cada 100 ml.
Una segunda prueba detecta porciones grandes: cuando la porción supera los 100 g de alimento o los 150 ml de bebida, un nutriente aparece en rojo si aporta más del 30 % de la ingesta de referencia (15 % para las bebidas), por ejemplo, más de 21 g de grasa o 1,8 g de sal en una porción de alimento. Los colores pueden ir acompañados de texto que indique Alto, Medio y Bajo, y cada cifra debe basarse en una sola referencia: el producto vendido o el producto consumido.
Exenciones en virtud del artículo 16 y el anexo V, y la transición de 2016.
El artículo 16(4) exime de la declaración obligatoria a los alimentos del Anexo V y, por separado, exime a las bebidas con un contenido alcohólico superior al 1,2% volumétrico. El Anexo V tiene 19 categorías, entre ellas:
- productos sin procesar y productos solo madurados, que constan de un solo ingrediente o categoría de ingredientes;
- aguas, hierbas, especias, sal, edulcorantes de mesa, café y té sin aditivos nutricionalmente significativos, vinagres, saborizantes, aditivos, enzimas, gelatina, levadura y goma de mascar;
- alimentos envasados cuya superficie mayor sea inferior a 25 cm2;
- Alimentos, incluidos los elaborados artesanalmente, suministrados directamente por un fabricante en pequeñas cantidades al consumidor final o a establecimientos minoristas locales.
La exención se pierde cuando se realiza una declaración nutricional o de salud, o cuando se añaden vitaminas o minerales: la normativa gubernamental establece que, en ese caso, debe proporcionarse información nutricional. El artículo 54(2) exigía que cualquier declaración voluntaria realizada entre el 13 de diciembre de 2014 y el 13 de diciembre de 2016 cumpliera íntegramente con los artículos 30 a 35, por lo que un productor que realiza una declaración voluntaria utiliza el formato completo.
El artículo 9(1)(l) hizo obligatoria la declaración en la mayoría de los alimentos preenvasados a partir del 13 de diciembre de 2016, y el artículo 54(1) permitió que las existencias etiquetadas antes de esa fecha se vendieran hasta su agotamiento. Las enmiendas del Reino Unido, de fecha 31 de diciembre de 2020 y 27 de febrero de 2025, sustituyeron las competencias de la Comisión y la terminología de la UE; ninguna de ellas modificó la lista de nutrientes, la base por 100 g ni las exenciones.
Fuente: Etiquetado de alimentos: información alimentaria para los consumidores (gov.uk).
Aplicación de la normativa en virtud del Reglamento sobre información alimentaria de 2014 (SI 2014/1855), Gran Bretaña e Irlanda del Norte.
El Reglamento sobre Información Alimentaria de 2014 (SI 2014/1855) se aplica únicamente en Inglaterra (artículo 1(4)). Gales, Escocia e Irlanda del Norte cuentan con normativas similares (WSI 2014/2303, SSI 2014/312, SR 2014/223). El artículo 9 atribuye la responsabilidad de la aplicación de la normativa a la autoridad alimentaria local (en la práctica, las autoridades de control comercial y de salud ambiental) y a las autoridades sanitarias portuarias.
La aplicación de la declaración nutricional se basa en notificaciones. El Reglamento 12 aplica el procedimiento de notificación de mejora previsto en el artículo 10 de la Ley de Seguridad Alimentaria de 1990 a las disposiciones del Anexo 5, y la Parte 3 de dicho Anexo añade el artículo 9(1)(l), relativo a la declaración nutricional obligatoria, a partir del 13 de diciembre de 2016. El incumplimiento de una notificación constituye un delito. Los delitos directos contemplados en el Reglamento 10 (multa de nivel 5 según el Reglamento 11) se limitan a las disposiciones sobre alérgenos, que pueden ser objeto de enjuiciamiento sin notificación previa.
La Agencia de Normas Alimentarias (FSA) afirma que la versión vigente del Reglamento 1169/2011 se aplica a las empresas alimentarias en Gran Bretaña, mientras que la legislación alimentaria de la UE, incluido el propio Reglamento (UE) n.º 1169/2011, se aplica en Irlanda del Norte, donde la FSA es responsable del etiquetado nutricional y los consejos distritales lo hacen cumplir. La norma de la dirección sigue la misma división. El artículo 8(1) se modificó el 27 de mayo de 2021 para referirse a las Islas Británicas, y la guía del gobierno establece que a partir del 1 de enero de 2024, los alimentos preenvasados vendidos en Gran Bretaña deben llevar una dirección del Reino Unido para el operador o su importador del Reino Unido (se aceptaron direcciones de la UE, Gran Bretaña o Irlanda del Norte hasta el 31 de diciembre de 2023), mientras que los alimentos vendidos en Irlanda del Norte deben llevar una dirección de Irlanda del Norte o de la UE. Construya una etiqueta del Reino Unido en el generador.
Fuente: Envasado y etiquetado, Agencia de Normas Alimentarias (food.gov.uk).
Fuentes
Documentos originales a partir de los cuales se redactó esta página, revisados el 16 de septiembre de 2026.
- Reglamento (UE) n.º 1169/2011, incorporado al derecho británico, artículo 30 (legislation.gov.uk).
- Reglamento (UE) n.º 1169/2011, incorporado al derecho británico, artículo 33 (legislation.gov.uk).
- Reglamento (UE) n.º 1169/2011, tal como se mantiene en la legislación del Reino Unido, Anexo V (legislation.gov.uk)
- Guía para la creación de una etiqueta nutricional frontal (FoP), noviembre de 2016 (gov.uk)
- Etiquetado de alimentos: información alimentaria para los consumidores (gov.uk)
- Reglamento sobre información alimentaria de 2014, SI 2014/1855 (legislation.gov.uk)
- Envasado y etiquetado, Agencia de Normas Alimentarias (food.gov.uk)
Cómo lo maneja la NFL
- Aplica las reglas de redondeo correctas para cada nutriente.
- Utiliza la tabla de Valor Diario / Ingesta de Referencia correcta para esta jurisdicción.
- Genera automáticamente las advertencias frontales necesarias cuando se alcanzan los umbrales.
- Gestiona etiquetas multilingües cuando sea necesario (bilingües EN/FR, EN/ES, árabe + EN, etc.).
- Exporta archivos vectoriales listos para imprimir en formato PDF, PNG, SVG, JPG y EPS.
Ejemplos prácticos con alimentos reales
Consulte la tabla de información nutricional del Reino Unido con los valores reales del USDA: etiqueta nutricional del huevo, Etiqueta nutricional de la pechuga de pollo, etiqueta nutricional del aguacate, etiqueta nutricional del tocino, etiqueta nutricional de la leche, etiqueta nutricional del plátano, etiqueta nutricional de la mantequilla de cacahuete, etiqueta nutricional de la carne molida, etiqueta nutricional del salmón, Etiqueta nutricional del yogur griegoCada página de alimentos muestra la misma porción que en las etiquetas de EE. UU., Canadá, la UE y el Reino Unido, y ofrece el panel de la FDA como descarga en formato PNG o SVG. Explora todos los alimentos →
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